Mala Praxis
La Audiencia Provincial de Cáceres en sentencia de 2 de mayo de 2014 confirma el fallo condenatorio, si bien modifica el pronunciamiento sobre responsabilidad ex delicto, únicamente respecto al interés moratorio de la indemnización del Juzgado de lo Penal número 1 de Cáceres que condenó a las dos acusadas -a la doctora y la titular de la clínica- por un delito de lesiones causadas por imprudencia profesional grave, artículo 152.3 C.P. a la pena de de un año y seis meses de prisión y a indemnizar a la víctima solidariamente junto con su aseguradora, como responsables civiles, en la cantidad total de 120.000 euros. Y ello por una mala praxis profesional en el desarrollo de su actuación. Los peritos señalaron que los déficit severos que presentaba la víctima tenían como causa “un tratamiento dental mal planificado y peor ejecutado, con olvido de los principios esenciales que deben regir la praxis médica”, y se refieren al hecho como una “actuación médica catastrófica”.