La sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sentencia 10 Mayo 2021 confirma la existencia de intromisión ilegítima en el derecho a la intimidad personal por la colocación en su vehículo, sin su consentimiento, de un dispositivo de localización y seguimiento mediante GPS por un detective privado.El uso de este tipo dispositivos vulnera el derecho a la intimidad, aunque el empleado en este caso no captara imágenes o sonidos y solo facilitara la ubicación del vehículo del demandante.La Sala destaca que el uso generalizado de la geolocalización en dispositivos personales como teléfonos móviles ha de ser el propio ciudadano el que decida libremente hasta qué punto está dispuesto a sacrificar su intimidad en función de las ventajas o beneficios que le reporte el uso de esas aplicaciones o herramientas web.
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