Derecho Defensa

Derecho Defensa

Sentencia de A.P. Madrid de 12 de Julio de 2016: Uno de los principios sobre los que descansa el desarrollo del juicio oral, a diferencia de otras jurisdicciones, es el principio de oralidad donde todas las actuaciones que se desarrollan en el mismo son orales con el fin de que puedan ser percibidas de manera directa por el Tribunal, y en consecuencia, cercenar o debilitar de alguna forma este principio poniendo límites no justificados a determinadas actuaciones llevadas a cabo dentro del mismo, podría atentar contra el derecho de defensa, como así ocurrió en el presente caso, lo que nos lleva a declarar la nulidad del acto del juicio oral, debiendo repetirse en toda su integridad ante un órgano jurisdiccional distinto del que celebró el mismo, debiendo retrotraerse las actuaciones por consiguiente a ese momento procesal.